Salud reproductiva, incluidas la planificación de la familia y la salud sexual
Los gobiernos, en colaboración con la sociedad civil, incluidas las organizaciones
no gubernamentales, los donantes y el sistema de las Naciones
Unidas, deben:
a) Asignar gran prioridad a la salud reproductiva y sexual en el contexto
más amplio de la reforma del sector de la salud, inclusive el
fortalecimiento de los sistemas básicos de salud, de los cuales se puedan
beneficiar en particular las personas que viven en la pobreza;
b) Velar por que las políticas, los planes estratégicos y todos los aspectos
de la ejecución de los servicios de salud reproductiva y sexual
respeten todos los derechos humanos, inclusive el derecho
al desarrollo, y que dichos servicios satisfagan las necesidades
de salud durante todo el ciclo vital, incluidas las necesidades de
los adolescentes, aborden las injusticias y desigualdades en razón
de la pobreza, el sexo y otros factores, y aseguren la igualdad
de acceso a la información y a los servicios;
c) Incorporar a todos los sectores pertinentes, entre ellos las organizaciones
no gubernamentales, especialmente las organizaciones
de mujeres y jóvenes, y las asociaciones profesionales, mediante
el proceso de participación en curso, en la formulación,
la aplicación, el control de calidad, la supervisión y la evaluación
de las políticas y los programas a fin de asegurar que los servicios
y la información en materia de salud sexual y reproductiva
respondan a las necesidades de la población y respeten sus derechos
humanos, en particular su derecho a tener acceso a una
atención de buena calidad;
d) Elaborar servicios y programas de salud amplios y accesibles, inclusive
de salud sexual y reproductiva, para las comunidades indígenas,
con su plena participación, y que respondan a las necesidades
y respeten los derechos de las poblaciones indígenas;
e) Incrementar las inversiones destinadas a aumentar la calidad y
disponibilidad de los servicios de salud sexual y reproductiva,
por ejemplo, estableciendo normas inequívocas para la atención
médica y supervisando su cumplimiento; velando por la competencia
del personal encargado de prestar servicios profesionales,
en particular su competencia técnica y de comunicación; velando
por que se puedan hacer elecciones libres y fundamentadas,
promoviendo el respeto, la vida privada, la confidencialidad y la
comodidad de los usuarios; estableciendo sistemas logísticos en
pleno funcionamiento, lo que comprende la adquisición eficiente
de los artículos necesarios; y estableciendo mecanismos eficaces
de remisión de un servicio a otro y de un nivel a otro de atención
de la salud, velando por que los servicios se ofrezcan de
conformidad con los derechos humanos y con las normas éticas
y profesionales;
f) Asegurar que los programas de salud sexual y reproductiva, libres
de toda coerción, proporcionen capacitación y supervisión previas
al empleo y en el empleo al personal de todos los niveles de
atención de la salud, de modo que puedan mantener normas técnicas
elevadas, incluidas las de higiene; respeten los derechos
humanos de las personas a las que prestan servicios; estén informados
y capacitados para servir a los usuarios que han sido objeto
de prácticas perjudiciales, como la mutilación genital femenina
y la violencia sexual, y puedan proporcionar información precisa
acerca de la prevención y los síntomas de las enfermedades
del sistema reproductor, la higiene personal y otros factores que
intervienen en las infecciones del sistema reproductor a fin de
reducir al mínimo los efectos físicos perjudiciales, como la enfermedad
inflamatoria de la pelvis, la infertilidad y los embarazos
ectópicos, así como sus consecuencias psicológicas;
g) Procurar que los hombres comprendan las funciones y la responsabilidad
que tienen en relación con el respeto de los derechos
humanos de la mujer; la protección de la salud de la mujer,
incluso apoyando el acceso de sus compañeras a los servicios de
salud sexual y reproductiva; la prevención de los embarazos no
deseados; la reducción de la mortalidad y la morbilidad maternas;
la reducción del contagio de enfermedades de transmisión
sexual, incluido el VIH/SIDA; el compartir la responsabilidad por
los quehaceres del hogar y la crianza de los hijos; y el apoyo de
la eliminación de prácticas nocivas, como la mutilación genital
femenina, la violencia sexual y otros tipos de violencia basadas
en el género, velando por que las niñas y las mujeres no estén
sujetas a coerción ni violencia;
h) Fortalecer los servicios basados en la comunidad, la comercialización
social y nuevas asociaciones con el sector privado, velando
al mismo tiempo por que se cumplan las normas de seguridad, éticas y de otra índole pertinentes, y otorgar subvenciones
procedentes de recursos públicos y fondos de los donantes,
según proceda, para garantizar la disponibilidad y el acceso a las
personas que de otro modo no podrían acceder a esos servicios.
Con la asistencia de la comunidad internacional, los gobiernos deben
elaborar y utilizar indicadores que midan la disponibilidad y las posibilidades
de elección de los métodos de planificación de la familia y anticonceptivos
e indicadores que midan las tendencias de la mortalidad y la morbilidad
maternas y el VIH/SIDA y utilizar dichos indicadores para verificar
los progresos logrados para alcanzar el objetivo del acceso universal a los
servicios de salud reproductiva fijado en la Conferencia Internacional sobre
la Población y el Desarrollo. Los gobiernos deben tratar de asegurar
que para 2015 todos los servicios de atención primaria de la salud y de planificación
de la familia puedan proporcionar, directamente o mediante
remisión, la variedad más amplia asequible de métodos de planificación
de la familia y anticonceptivos inocuos y eficaces; atención obstétrica esencial;
prevención y tratamiento de las infecciones del sistema reproductor, incluidas las enfermedades de transmisión sexual; y métodos de barrera,
como preservativos masculinos y femeninos y microbicidas, si se
dispone de ellos, para evitar las infecciones. Para 2005, el 60% de los centros
deberá poder ofrecer todos estos servicios, y para 2010, el 80% de ellos
deberá poder hacerlo.
El sistema de las Naciones Unidas y los donantes deben apoyar a los gobiernos
en la creación de la capacidad nacional para planificar, gestionar,
ejecutar, supervisar y evaluar los servicios de salud sexual y reproductiva,
incluso velar por que todos los refugiados y todas las demás personas que
se encuentren en situaciones de emergencia humanitaria, especialmente
las mujeres y los adolescentes, reciban la atención médica que necesitan,
lo que comprende información y atención de la salud sexual y reproductiva
y mayor protección contra la violencia sexual u otro tipo de violencia
basada en el género. También deben velar por que a todos los trabajadores
de la salud que prestan servicios de socorro y servicios en situaciones de
emergencia se les imparta capacitación básica en materia de información
y servicios sobre salud sexual y reproductiva.
El sistema de las Naciones Unidas, con el apoyo de la comunidad internacional,
debe redoblar sus esfuerzos por elaborar indicadores principales
comunes sobre programas de salud reproductiva y llegar a un acuerdo sobre
ellos, incluidos, entre otras cosas, la planificación de la familia, la salud materna,
la salud sexual, las enfermedades de transmisión sexual, el VIH/SIDA,
y la información, la educación y la comunicación para que se los considere
debidamente en el proceso intergubernamental pertinente. Teniendo presentes
los esfuerzos de los gobiernos nacionales, se invita a la Organización
Mundial de la Salud a que asuma el papel rector en esa esfera, en coordinación
con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el Fondo de
Población de las Naciones Unidas, el Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo, el Programa conjunto y de copatrocinio de las Naciones Unidas
sobre el virus de inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia
adquirida, el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría y otras entidades pertinentes de las Naciones Unidas, aprovechando
la experiencia y los conocimientos disponibles en otras partes, según
corresponda. Debe otorgarse importancia fundamental a los indicadores
relativos a la mortalidad materna y neonatal, la morbilidad materna y
los programas de salud materna, a fin de vigilar eficazmente los progresos
que se realicen y asegurar que se otorgue prioridad a la atención de la salud
reproductiva en la prestación de servicios generales de salud. Se alienta a la
comunidad internacional a que proporcione asistencia financiera y técnica
a los países en desarrollo para mejorar su capacidad en materia de indicadores,
reunión de datos, vigilancia y evaluación en esa esfera.
Garantía de servicios voluntarios de planificación de la familia de buena calidad
Los gobiernos, de conformidad con el Programa de Acción, deben adoptar
medidas eficaces para asegurar el derecho básico de todas las parejas e
individuos a decidir libre y responsablemente el número y el espaciamiento
de los nacimientos y el momento oportuno para tener sus hijos y a disponer
de la información, la educación y los medios para lograrlo.
El sistema de las Naciones Unidas y los donantes deben prestar apoyo
a los gobiernos que lo soliciten para:
a) Movilizar y proporcionar recursos suficientes para satisfacer la
necesidad cada vez mayor de acceso a información, asesoramiento,
servicios y medidas complementarias en relación con la
variedad más amplia posible de métodos inocuos, eficaces, económicos
y aceptables de planificación de la familia y anticonceptivos,
inclusive nuevas opciones y métodos poco utilizados;
b) Proporcionar servicios de asesoramiento de buena calidad y velar
por el cumplimiento de normas éticas, profesionales y técnicas
en la atención médica, al igual que opciones voluntarias, libres
y fundamentadas en un ambiente de intimidad, confidencialidad
y respeto;
c) Fortalecer la capacidad de gestión de programas, incluidos los sistemas
logísticos, para que los servicios resulten más seguros, económicos,
convenientes y accesibles para los usuarios y asegurar la
disponibilidad y el suministro continuo de anticonceptivos inocuos
y eficaces y otros suministros de salud sexual y reproductiva,
y, cuando proceda, las materias primas para esos productos;
d) Reforzar convenientemente las redes de seguridad social utilizando
para ello recursos y fondos y, en el contexto de los servicios
de atención primaria de la salud, velar por la disponibilidad
de servicios de salud reproductiva y acceso a ellos, inclusive la
planificación de la familia, especialmente para las personas más
afectadas por la pobreza, los efectos desfavorables de las políticas
de ajuste estructural y las crisis financieras, o que por otra
razón no puedan tener acceso a los servicios.
Cuando haya una disparidad entre el empleo de anticonceptivos y la
proporción de personas que expresan el deseo de espaciar o limitar sus familias,
los países deberán intentar eliminar esta disparidad por lo menos
en un 50% para 2005, el 75% para 2010 y el 100% para 2050. Al intentar lograr
este nivel de referencia, no deben imponerse objetivos demográficos
a los encargados de prestar servicios de planificación de la familia en forma
de metas o cupos para la consecución de usuarios, si bien aquellos objetivos
son objeto legítimo de las estrategias de desarrollo de los gobiernos.
Se insta a los gobiernos, con una mayor participación del sistema de las
Naciones Unidas, la sociedad civil, los donantes y el sector privado, a que
continúen investigando y desarrollando nuevos métodos de planificación
de la familia y anticonceptivos inocuos, económicos y eficaces, tanto para
hombres como para mujeres, incluidos métodos controlados por las mujeres
que las protejan contra las enfermedades de transmisión sexual, incluido
el VIH/SIDA, e impidan los embarazos no deseados. Todos los agentes
deben respetar las normas éticas, técnicas y de seguridad internacionalmente
aceptadas en todas sus actividades de investigación y desarrollo, al igual que, cuando proceda, las normas aplicables en las prácticas industriales,
el control de calidad y la concepción, la producción y distribución
de los productos. La comunidad internacional y el sector privado también deben adoptar
las medidas necesarias, especialmente en materia de transferencia de
tecnología, cuando proceda, de modo que los países, en particular los países
en desarrollo, puedan producir, almacenar y distribuir anticonceptivos
inocuos y eficaces y otros suministros indispensables para los servicios
de salud reproductiva a fin de consolidar la autosuficiencia de esos países.
Se insta al Fondo de Población de las Naciones Unidas a que siga consolidando
su función rectora dentro del sistema de las Naciones Unidas en
la prestación de asistencia a los países para que adopten las medidas estratégicas
necesarias a fin de asegurar la disponibilidad de los servicios de salud
reproductiva y la posibilidad de elegir productos para la salud reproductiva,
incluidos anticonceptivos.
Reducción de las tasas de mortalidad y morbilidad maternas
Los gobiernos, con la participación cada vez mayor del sistema de las
Naciones Unidas, la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales,
los donantes y la comunidad internacional, deben:
a) Reconocer los vínculos existentes entre la pobreza y los altos niveles
de mortalidad derivados de la maternidad y promover la
reducción de la mortalidad y la morbilidad maternas como cuestión
prioritaria de salud pública y de derechos de procreación;
b) Velar por que la reducción de la mortalidad y la morbilidad maternas
sea una prioridad del sector de la salud y por que la mujer
tenga fácil acceso a atención obstétrica esencial, servicios de
atención de la salud materna bien equipados y adecuadamente dotados de personal, asistencia calificada durante el parto, atención
obstétrica de emergencia, remisión y envío eficaces a niveles
superiores de atención en caso necesario, atención después
del parto y planificación de la familia. En la reforma del sector
de la salud, la reducción de la mortalidad y la morbilidad maternas
debe ser un elemento destacado y utilizarse como indicador
de resultados positivos;
c) Apoyar la educación en materia de salud pública para que se tome
conciencia de los peligros del embarazo, el trabajo de parto
y el parto e incrementar la comprensión de las funciones y responsabilidades
respectivas de los familiares, incluidos los hombres,
así como de la sociedad civil y los gobiernos, en la promoción
y protección de la salud materna;
d) Organizar servicios apropiados, que se comiencen a prestar desde
el nacimiento, para mejorar el estado nutricional, docente y
de salud de las niñas y de las jóvenes a fin de que estén en mejores
condiciones de tomar decisiones fundamentadas en la madurez
sobre la procreación y obtener acceso a información y servicios
de salud;
e) Ejecutar programas destinados a hacer frente a los efectos negativos
de la degradación ambiental en ciertas regiones, que tienen
como consecuencia altos niveles de mortalidad y morbilidad
materna.
i) En ningún caso se debe promover el aborto como método de planificación
de la familia. Se insta a todos los gobiernos y a las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes
a incrementar su compromiso con la salud de la mujer,
a ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados
en condiciones no adecuadas como un importante problema
de salud pública y a reducir el recurso al aborto mediante
la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación
de la familia. Se debe asignar siempre máxima prioridad a la prevención de los embarazos no deseados y habría que hacer
todo lo posible por eliminar la necesidad del aborto. Las mujeres
que tienen embarazos no deseados deben tener fácil acceso a información
fidedigna y a asesoramiento comprensivo. Cualesquiera
medidas o cambios relacionados con el aborto que se introduzcan
en el sistema de salud se pueden determinar únicamente a
nivel nacional o local de conformidad con el proceso legislativo
nacional. En los casos en que el aborto no es contrario a la ley,
los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas. En todos
los casos, las mujeres deben tener acceso a servicios de calidad
para tratar las complicaciones derivadas de abortos. Se deben ofrecer
con prontitud servicios de planificación de la familia, educación
y asesoramiento psicológico postaborto que ayuden también
a evitar la repetición de los abortos;
ii) Los gobiernos deben tomar medidas oportunas para ayudar a las
mujeres a evitar el aborto, que en ningún caso debe promoverse
como método de planificación de la familia, y proporcionar en
todos los casos un trato humanitario y orientación a las mujeres
que han recurrido al aborto;
iii) Al reconocer y aplicar lo dispuesto más arriba y en los casos en
que el aborto no es contrario a la ley, los sistemas de salud deben
capacitar y equipar al personal de salud y tomar otras medidas
para asegurar que el aborto se realice en condiciones adecuadas
y sea accesible. Se deben tomar medidas adicionales para salvaguardar
la salud de la mujer.
A fin de supervisar los progresos logrados en lo que respecta a alcanzar
los objetivos de la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo con respecto a la mortalidad materna, los países deben usar el
porcentaje de partos asistidos por personas calificadas como indicador de
referencia. Para 2005, en los lugares en que la tasa de mortalidad materna
es muy elevada, por lo menos el 40% de los partos deberán ser atendidos
por personal de salud idóneo; para 2010, esta cifra deberá ser el 50% como mínimo y para 2015, el 60% como mínimo. Todos los países deben redoblar
sus esfuerzos a fin de que para 2005, a nivel mundial, el 80% de todos
los partos sean asistidos por personas calificadas, para 2010, el 85%, y
para 2015, el 90%.
A fin de tener una base para el análisis de la relación costo–beneficio
para las iniciativas destinadas a reducir la mortalidad materna, habría
que calcular los costos para la sociedad de las defunciones derivadas de la
maternidad. Esto debe hacerse en cooperación entre los gobiernos, los organismos
de las Naciones Unidas y los bancos de desarrollo, así como la comunidad
de investigadores.
Se insta a la Organización Mundial de la Salud a que, en cooperación
con otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas, cumpla su función
rectora dentro del sistema de las Naciones Unidas en la prestación de asistencia
a los países, en particular a los países en desarrollo, para que instaure
normas para la atención y el tratamiento de la mujer y la niña que
incorporen planteamientos que tengan en cuenta las cuestiones de género
y promuevan la igualdad y la equidad entre los sexos en la prestación
de servicios de salud, y preste asesoramiento sobre las funciones que deben
desempeñar los servicios de atención de la salud para ayudar a orientar
el desarrollo de sistemas de salud que reduzcan los riesgos vinculados
al embarazo, teniendo presentes el nivel de desarrollo y las condiciones
económicas y sociales en los países. Al mismo tiempo, los organismos de
las Naciones Unidas, incluidos el Fondo de Población de las Naciones Unidas
y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, y los bancos de desarrollo
multilaterales, como el Banco Mundial, deben intensificar su
función en lo que se refiere a fomentar, apoyar y propugnar medidas para
mejorar la salud materna e invertir en dichas medidas.
Prevención y tratamiento de las enfermedades de transmisión sexual, incluido el virus de inmunodeficiencia humana y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida
Los gobiernos, desde sus niveles políticos más altos, deben adoptar medidas
urgentes para proporcionar educación y servicios a fin de impedir la
propagación de todas las formas de enfermedades de transmisión sexual y
el VIH y con la asistencia, cuando proceda, del Programa conjunto y de copatrocinio
de las Naciones Unidas sobre el virus de inmunodeficiencia humana
y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, elaborar y ejecutar políticas
y planes de acción nacionales pertinentes, garantizar y promover el
respeto de los derechos humanos y la dignidad de las personas afectadas por
el VIH/SIDA, mejorar la atención y el apoyo a esas personas, incluidos los servicios
de apoyo para la atención en el hogar, y adoptar medidas para mitigar
los efectos de la epidemia del SIDA mediante la movilización de todos los
sectores y segmentos de la sociedad a fin de atender a los factores sociales y
económicos que contribuyen al riesgo de contraer el VIH y la vulnerabilidad
al virus. Los gobiernos deben promulgar leyes y adoptar medidas para garantizar
que no se discrimine contra las personas afectadas por el VIH/SIDA y
las poblaciones vulnerables, inclusive las mujeres y los jóvenes, a fin de que
esas personas dispongan de la información que exista para evitar que continúe
la transmisión y tengan acceso al tratamiento y a los servicios de salud
sin temor a la estigmatización, la discriminación o la violencia.
Los gobiernos deben velar por que la prevención de las enfermedades de
transmisión sexual y el VIH/SIDA, así como los servicios necesarios, formen
parte integrante de los programas de salud reproductiva y sexual en el nivel
de los servicios de atención primaria de la salud. En los programas y servicios
de prevención y educación deben abordarse las diferencias basadas
en el sexo, la edad y otros factores relativos a la vulnerabilidad a la infección
por el VIH. Los gobiernos deben elaborar directrices para el tratamiento
y la atención del VIH, que hagan hincapié en el acceso equitativo, y para la prestación amplia de servicios de pruebas del VIH, a personas que lo soliciten,
y de asesoramiento, y para el acceso a dichos servicios y deben asegurar
el suministro amplio de preservativos femeninos y masculinos, así
como el acceso a ellos mediante, entre otras cosas, la comercialización social.
En las campañas de promoción, información, educación y comunicación
elaboradas con las comunidades y apoyadas por los niveles más altos
del gobierno se deben promover las prácticas y el comportamiento sexual
fundamentados, responsables y más seguros, el respeto mutuo y la igualdad
de los géneros en las relaciones sexuales. Debe prestarse especial atención
a impedir la explotación sexual de las jóvenes y los niños. Habida cuenta
de la mayor susceptibilidad al VIH/SIDA de las personas infectadas por enfermedades
de transmisión sexual convencionales y tratables, así como de
la alta prevalencia de esas enfermedades entre los jóvenes, debe darse prioridad
a la prevención, la detección, el diagnóstico y el tratamiento de esas
infecciones. Los gobiernos deben elaborar de inmediato proyectos de educación
y tratamiento sobre el VIH orientados expresamente a los jóvenes, en
plena asociación con los jóvenes, los padres, las familias, los educadores y
los encargados de la atención de la salud, haciendo especial hincapié en la
elaboración de programas de educación por los congéneres.
Si bien una de las iniciativas más importantes para reducir la infección
por el VIH en los lactantes es la prevención primaria de la infección,
los gobiernos también deben ampliar, según proceda, los proyectos de educación
y tratamiento encaminados a impedir la transmisión del VIH de
madres a hijos. Cuando resulte viable, se deberán facilitar medicamentos
antirretrovirales a las mujeres afectadas con VIH/SIDA durante el embarazo
y después de éste como parte de su tratamiento en curso del VIH/SIDA y
proporcionarles orientación sobre la alimentación a los lactantes a fin de
que puedan tomar decisiones libres y fundamentadas.
Los gobiernos, con la asistencia del Programa conjunto y de copatrocinio
de las Naciones Unidas sobre el virus de inmunodeficiencia humana
y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida y de los donantes, deberán garantizar que para 2005 por lo menos el 90% de los jóvenes de ambos sexos
de 15 a 24 años de edad, y para 2010 por los menos el 95% de dichos jóvenes,
tengan acceso a la información, la educación y los servicios necesarios
para desarrollar los conocimientos indispensables a efectos de reducir
su vulnerabilidad a la infección por el VIH. Los servicios deben incluir
el acceso a métodos preventivos como los preservativos femeninos y masculinos,
las pruebas voluntarias, el asesoramiento y las medidas complementarias.
Los gobiernos deben utilizar como indicador de referencia las
tasas de infección por VIH en las personas de 15 a 24 años de edad con objeto
de garantizar que para 2005 se reduzca la prevalencia en ese grupo de
edades en el mundo entero y en un 25% en los países más afectados, y que
para 2010 la prevalencia en ese grupo de edades se haya reducido en todo
el mundo en un 25%.
Los sectores privado y público deben aumentar las inversiones en investigaciones
para la elaboración de microbicidas y otros métodos controlados
por las mujeres, pruebas de diagnóstico más sencillas y menos costosas,
tratamientos de dosis única para las enfermedades de transmisión sexual
y vacunas. Con el apoyo de la comunidad internacional, los gobiernos,
en especial los de los países en desarrollo, deben fortalecer medidas
para mejorar en general la calidad, disponibilidad y asequibilidad de la
atención de las personas afectadas por el VIH/SIDA.
En consonancia con su mandato, el Programa conjunto y de copatrocinio
de las Naciones Unidas sobre el virus de inmunodeficiencia humana
y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida debe ser provisto de recursos
financieros a fin de que se haga todo lo posible por garantizar una respuesta
bien coordinada del sistema de las Naciones Unidas a la pandemia
del VIH/SIDA y para prestar apoyo a los programas nacionales, particularmente
en los países en desarrollo.
Los gobiernos, con la plena participación de los jóvenes y con el apoyo
de la comunidad internacional, deben, como cuestión de prioridad, hacer
todo lo posible por ejecutar el Programa de Acción en lo relativo a la salud
sexual y reproductiva de los adolescentes, de conformidad con los párrafos
7.45 y 7.46 del Programa de Acción, y deben:
a) A fin de proteger y fomentar el derecho de los adolescentes al
disfrute de los más altos niveles asequibles de salud, proporcionar
servicios adecuados, concretos, comprensibles y de fácil acceso,
para atender eficazmente sus necesidades de salud reproductiva
y sexual, inclusive educación, información y asesoramiento
sobre salud reproductiva y estrategias de fomento de la
salud. Estos servicios deben proteger los derechos de los adolescentes
a la vida privada, la confidencialidad y el consentimiento
fundamentado, respetando los valores culturales y las creencias
religiosas y de conformidad con los acuerdos y convenciones
internacionales vigentes pertinentes;
b) Seguir fomentando la protección y la promoción de la salud de
los adolescentes, incluida la salud sexual y reproductiva, así como
el apoyo a los programas al respecto; determinar las estrategias
eficaces y apropiadas para alcanzar esta meta; y preparar
indicadores basados en el sexo y la edad, así como sistemas de
datos que permitan supervisar los progresos alcanzados;
c) Formular planes de acción a nivel nacional y a otros niveles,
cuando proceda, para los adolescentes y los jóvenes que se basen
en la equidad y la igualdad entre los sexos y abarquen las esferas
de la educación, la capacitación técnica y profesional y las
oportunidades de generación de ingresos. En estos programas
deben incluirse mecanismos de apoyo a la educación y al asesoramiento
de los adolescentes en lo que respecta a las relaciones
y la igualdad entre los sexos, la violencia contra los adolescentes,
la conducta sexual responsable, las prácticas responsables en materia de planificación de la familia, la vida familiar, la salud
reproductiva, las enfermedades de transmisión sexual, la infección
por el VIH y la prevención del SIDA, de conformidad con
el párrafo 7.47 del Programa de Acción. Los propios adolescentes
y jóvenes deben participar plenamente en la formulación y la
realización de esas actividades de información y servicios, teniendo
debidamente en cuenta la orientación y las obligaciones
de los padres. Debe dedicarse especial atención a los jóvenes vulnerables
y desfavorecidos;
d) Reconocer y promover la función central que corresponde a las
familias, los padres u otros tutores legales en la educación de los
hijos y la formación de sus actitudes, y garantizar que se imparta educación a los padres o personas con responsabilidades jurídicas
sobre el suministro de información acerca de la salud sexual
y reproductiva, y que participen en esta tarea, en forma
compatible con la capacidad evolutiva de los adolescentes, de
modo que puedan ejercer sus derechos y cumplir con sus obligaciones
en relación con los adolescentes;
e) Manteniendo el debido respeto por los derechos, deberes y obligaciones
de los padres y en forma compatible con la capacidad
evolutiva de los adolescentes y su derecho a educación e información
sobre salud reproductiva y atención de la salud reproductiva,
y respetando sus valores culturales y creencias religiosas,
garantizar que los adolescentes, tanto los escolarizados como
los no escolarizados, reciban la información necesaria, inclusive
información sobre prevención, educación, asesoramiento
y servicios de salud necesarios para elegir opciones y adoptar
decisiones responsables y fundamentadas en cuanto a sus necesidades
de salud sexual y reproductiva a fin de, entre otras cosas,
reducir el número de embarazos en la adolescencia. Los adolescentes
sexualmente activos necesitarán información, asesoramiento
y servicios especiales relacionados con la planificación
de la familia, al igual que prevención y tratamiento de las enfermedades
de transmisión sexual y el VIH/SIDA. Las adolescentes embarazadas están especialmente expuestas a riesgo y necesitarán
apoyo especial de sus familias, los profesionales de la salud
y la comunidad, durante el embarazo, el parto y la primera etapa
de vida del recién nacido. Este apoyo debe permitir a dichas
adolescentes proseguir su educación. En los programas se debe
contemplar la participación y capacitación de todos los que estén
en condiciones de prestar orientación a los adolescentes con
respecto a la conducta sexual y reproductiva responsable, especialmente
los padres y las familias, y también las comunidades,
las instituciones religiosas, las escuelas, los medios de información
social y los grupos de congéneres. Estos programas y políticas
deben ejecutarse sobre la base de los compromisos contraídos
en la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo y de conformidad con los acuerdos y convenciones internacionales
vigentes pertinentes;
f) Los países deben velar por que los programas y las actitudes del
personal de salud no restrinjan el acceso de los adolescentes a
servicios adecuados y la información que necesiten, inclusive para
la prevención y el tratamiento de las enfermedades de transmisión
sexual, el VIH/SIDA y la violencia y el abuso sexuales. Los
países, en este contexto, y en el contexto del inciso
e) supra, deben
eliminar, cuando procediera, las barreras jurídicas, normativas
y sociales a la información sobre salud reproductiva y la
atención de la salud reproductiva para los adolescentes.
Reconociendo las necesidades crecientes y especiales de los jóvenes y
los adolescentes, incluidos los problemas de salud reproductiva y sexual,
y teniendo en cuenta las situaciones especiales que enfrentan, el sistema
de las Naciones Unidas y los donantes deben complementar los esfuerzos
de los gobiernos para movilizar y proveer recursos suficientes para atender
a esas necesidades.
Los gobiernos, en consulta con las organizaciones no gubernamentales nacionales, incluidas, cuando corresponda, las organizaciones juveniles,
y con la asistencia necesaria de los organismos de las Naciones Unidas, las
organizaciones no gubernamentales internacionales y la comunidad de
donantes, deben evaluar programas y documentar experiencias y elaborar
sistemas de reunión de datos para vigilar los progresos alcanzados y divulgar
ampliamente información sobre el diseño y el funcionamiento de los
programas, así como sobre su repercusión en la salud sexual y reproductiva
de los jóvenes. Los organismos de las Naciones Unidas y los países donantes
deben brindar apoyo a los mecanismos regionales e internacionales
para el intercambio de esas experiencias entre todos los países, en especial
entre los países en desarrollo.